Si su póliza tiene una cláusula de pago acelerado de beneficios por muerte eso significa que bajo ciertas condiciones le pagará a usted, en vida, todo o parte de los beneficios por muerte estipulados en la póliza. Estas condiciones incluyen presentar que comprobante que demuestre que el asegurado padece de una enfermedad terminal y su expectativa de vida es menos de 12 meses, padece de una enfermedad específica que amenaza la vida o está internado en un establecimiento, por ejemplo en una casa de reposo de cuidado a largo plazo. Si usted tiene una póliza o certificado de seguro de vida bajo un contrato colectivo (group term life policy, por su nombre en inglés), la cantidad que le pagará al acelerar los beneficios por muerte podría estar limitada por la ley a no más de $25,000 o 50% del beneficio por muerte, lo que sea más. Al aceptar el pago acelerado de beneficios, la persona podría ser desclasificada para recibir Medicaid u otros beneficios del gobierno. El dinero recaudado también podría estar sujeto a pagar el gravamen de impuestos.
REGRESAR AL GLOSARIO
Fuente: Texas Department of Insurance